lunes, 29 de junio de 2015

Firma Mercantil.

     Es el nombre que el comerciante le da a su negocio para diferenciarlo de otro de su misma categoría. Es el medio por el cual el comerciante se identifica así mismo.

Tipos o criterios de la llamada Firma Mercantil por razón de comercio:


° Firma personal: Corresponde al comerciante que no tiene asociados, no puede usar otra firma que su apellido con o sin su nombre, pudiendo agregar todo lo que crea útil para la mas precisa designación de su persona o de su negocio (Art 26 Código de comercio) 

° Firma de una compañía en nombre colectivo: pueden usar, a falta de nombre de todos los asociados por lo menos el de alguno de ellos, con una mencion que haga conocer la existencia de una sociedad. (Art 27 Código de comercio)

°Firma en comandita: debe contener e nombre de uno por lo menos, de los asociados personalmente responsables, que haga conocer la existencia de una sociedad.( Art 27 Código de Comercial)

Fondo de Comercio:

Es el conjunto de los bienes organizados por el comerciante para el ejercicio de sus actividades.

Enajenación : es igual a seder, donar, vender, significa un cambio en el titular del dominio de una cosa de cualquiera naturaleza.(Art 151-152 Código de Comercio).

La enajenación de un fondo de comercio de una firma registrada o no total o parcial, de modo que haga cesar los negocios de sus dueños, deberá ser publicado antes de la entrega del fondo de comercio, tres veces con intervalo de 10 días en un periódico donde funcione el fondo de comercio o en el lugar mas cercano,durante el lapso de las publicaciones, los acreedores aun los de plazo no vencidos pueden pedir el pago de sus acreencias o otorgamiento de ganancia en caso de omitirse la publicación el adquirente del fondo de comercio es solidariamente responsable con el enajenante frente a los acreedores.

Registro Mercantil:

Es una institución de carácter publico creada en 1862. El registro mercantil proporciona publicidad y firmeza a los actos y contratos del comerciante, sirve de fuente de información de la situación económica - jurídica de los negocios, no solamente para el comerciante si no para la colectividad en general.
El articulo 19 del código de comercio establece los documentos que deben de inscribirse en el registro mercantil.

Contabilidad Mercantil:

Es el medio idonio para conocer los siguientes aspecto de un comercio: 

° Situación económica y crediticia como acreedor o deudor

°Como elemento de control del desarrollo de las operaciones y relaciones comerciales, tanto en el orden interno como en el externo.

°La contabilidad mercantil puede ser considerada como las anotaciones legales de todo comerciante esta en la obligación de hacer constar en sus libros, con movimiento y acciones debidas de su empresa, negocio o firma mercantil. Le permite al comerciante determinar y controlar en cualquier momento, los valores activo y pasivos que constituyen su patrimonio.

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